FUENTE: www.igualdadenlaempresa.es / INSTITUTO DE LAS MUJERES

El Consejo de Ministros, reunido el 14 de marzo de 2023, aprobó la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (EESST) 2023-2027, resultado del consenso entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los interlocutores sociales.

En consonancia con las disposiciones internacionales y europeas, la Estrategia se ha diseñado con el objetivo de conseguir el mayor impacto posible en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y reducir la siniestralidad laboral, pero también procurando anticiparse a las posibles amenazas y riesgos para la salud de las personas trabajadores que surgen ante un mundo laboral cambiante.

La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023 – 2027  pretende ser un nuevo marco de referencia que oriente las políticas públicas de prevención de riesgos laborales. Sus líneas de actuación configuradas en torno a seis objetivos estratégicos, también se han alineado con otras estrategias y planes nacionales en materias fundamentales como la igualdad de mujeres y hombres (Objetivo 5 “Introducir la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo”).

Con la finalidad de conseguir la integración de la perspectiva de género en la gestión preventiva, se persigue incorporarla en los procesos de evaluación de riesgos y los estudios sobre las condiciones de seguridad laboral, facilitar la adopción de medidas preventivas más eficaces y visibilizar riesgos que pudieran no valorarse lo suficiente e incluso no ser tenidos en cuenta, tanto en actividades feminizadas como masculinizadas.

El análisis global de los accidentes de trabajo pone de manifiesto que los hombres se accidentan más que las mujeres, duplicando los índices de incidencia. En concreto en 2020, los varones presentaron un índice de incidencia de accidentes de trabajo 2,2 veces superior al de las mujeres. Sin embargo, existen evidencias que reflejan que la incidencia de accidentes de trabajo es superior en las mujeres que en los hombres en determinadas ocupaciones o actividades. Entre estas actividades se encuentran los servicios financieros, seguros, industria del tabaco, asistencia en establecimientos residenciales, educación y actividades de servicios sociales sin alojamiento.

Aunque se observan diferencias desagregando los datos por género, poco se ha avanzado en el conocimiento de las causas que las motivan (diferencia de roles en cuanto a la asignación de puestos de trabajo, mayor o menor concienciación sobre los riesgos, factores biológicos, desequilibrios en el trabajo doméstico, etc.).

La Estrategia tiene como prioridad promover la integración de la perspectiva de género, desde un enfoque transversal e integral en el conjunto de políticas preventivas, implicando para ello a todos los agentes involucrados en la mejora de la prevención de riesgos laborales, tanto en el ámbito institucional como en la empresa, poniendo el foco especialmente en la protección de los colectivos más vulnerables.

Para conseguir una plena integración de la perspectiva de género en la gestión preventiva, la EESST, propone y aborda determinadas medidas:

  • Actualizar el marco normativo para incorporar la perspectiva de género en las actuaciones preventivas, promoviendo la eliminación de desigualdades entre hombres y mujeres en el conjunto de políticas públicas.
  • Impulsar la incorporación de la perspectiva de género en los procesos de toma y análisis de información, así como en los estudios de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo para mejorar el conocimiento de la exposición a riesgos laborales y daños a la salud de las mujeres.
  • Promover la integración de la perspectiva de género en todas las disciplinas preventivas, al evaluar los riesgos y establecer prioridades de actuación.
  • Impulsar la acción sobre los riesgos específicos de género, con especial atención a las actividades feminizadas.
  • Sensibilizar sobre la necesidad de integrar la perspectiva de género de forma real y efectiva.

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